CUT celebra adopción de Convenio OIT sobre Acoso y violencia en el mundo del trabajo e insta ratificación de Chile

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En el marco de la 108ª Conferencia de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) desarrollada en Ginebra (Suiza) entre el 10 y 21 de junio, se adoptó un nuevo Convenio y una Recomendación complementaria para enfrentar la violencia y el acoso en el lugar de trabajo.

La delegación de la CUT –encabezada por la presidenta Bárbara Figueroa; la vicepresidenta de Relaciones Internacionales, Tamara Muñoz y la vicepresidenta de la Mujer e Igualdad de Género, Julia Requena- participó en las distintas comisiones de trabajo que se implementaron en esta Conferencia Internacional (supremo órgano de decisión de la OIT que reúne, anualmente, a los 187 Estados miembro). Siendo la OIT el único órgano tripartito de la Organización de Naciones Unidas (ONU),  sus decisiones son concordadas entre Estados-trabajadores-empresarios.

Delegación CUT en la 108ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT.

En este nuevo convenio (N° 190) y su Recomendación (N° 206) se reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo «pueden constituir un incumplimiento o una inobservancia de los derechos humanos… y poner en riesgo la igualdad de oportunidades, y que son inaceptables para lograr un trabajo decente, e incompatibles con este. La «violencia y el acoso» se definen como comportamientos, acciones o amenazas que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico y se recuerda a los Estados Miembros que tienen la responsabilidad de promover un entorno general de tolerancia cero”.

En el balance de la reunión, quedó la adopción de este Convenio con 439 votos a favor de la aprobación, 7 en contra y 30 abstenciones; la Recomendación se aprobó con 397 votos a favor, 12 en contra y 44 abstenciones. También se consensuó una “Declaración del centenario de la OIT para el futuro del trabajo” haciéndose cargo de que el: “Mundo del trabajo se está transformando radicalmente impulsado por las innovaciones tecnológicas, los cambios demográficos, el cambio medioambiental y climático y la globalización, así como en un momento de desigualdades persistentes, que tienen profundas repercusiones en la naturaleza y el futuro del trabajo y en el lugar y la dignidad de las personas que se encuentran en dicho contexto. Es imprescindible actuar urgentemente para aprovechar las oportunidades y afrontar los retos a fin de construir un futuro del trabajo justo, inclusivo y seguro con empleo pleno, productivo y libremente elegido y trabajo decente para todos”.

Revisa la declaración completa aquí: Declaración del centenario de la OIT.

Requena, señaló que este Convenio 190 y Recomendación se comenzó a discutir y redactar desde hace tres años con propuestas tripartitas, incluidas por supuesto la de las organizaciones de trabajadores de los 187 países miembros “donde instalamos las nuestras”, contó Requena. Una discusión que no estuvo exenta de polémicas y escollos que se quisieron poner en el camino. Por ejemplo, en algún momento los empresarios plantearon tipificar en esta norma internacional la huelga como un acto también de violencia. Cuestión que finalmente fue desechada. En ese sentido, dijo que en la adopción de este Convenio “funcionó el diálogo social, funcionó el tripartismo y gracias  a eso se pudo avanzar con este nuevo convenio”.

Ver Convenio 190
Ver Recomendación 206

Lo que viene ahora, señaló la dirigente, “es una tremenda tarea aquí en el país pues hay que  ratificar este convenio y esa ratificación se hace en el Congreso. Entonces tenemos que reanudar las conversaciones con el Gobierno, con los empresarios y con los parlamentarios para poder ratificar este convenio en Chile y podamos desde allí hacer funcionar las líneas que trazan las Recomendaciones” de cómo materializar este Convenio en cuanto a protocolos de protección y prevención de hechos de violencia o acoso en el trabajo, procedimientos de quejas e investigación, sanciones y/o reparaciones, apoyo a las víctimas, entre otros.

Y de acuerdo con el artículo 19 de la Constitución de la OIT: “Todos los Estados Miembros tienen la obligación de someter los convenios y las recomendaciones al examen de las autoridades nacionales competentes dentro del plazo de un año a partir de la clausura de la reunión de la Conferencia”.

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