COVID-19: ¿Cuáles son las medidas en el ámbito del Trabajo que la CUT propuso al Gobierno para enfrentar la crisis sanitaria?

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El pasado 17 de marzo, la CUT entregó al Gobierno su Plan Nacional de Emergencia (PNE) para abordar de manera integral la crisis sanitaria que vive el país que, según el último reporte de las autoridades entregado la mañana de este lunes, ya ascienden a 2.449 los casos confirmados COVID-19 con un saldo de 8 personas fallecidas a nivel nacional.

El Plan de la CUT es global pues no solo aborda las medidas propiamente sanitarias para enfrentar la propagación del Coronavirus también plantea disposiciones de protección del empleo y salarios y medidas para evitar el debilitamiento de la economía chilena.

Pablo Zenteno, abogado y encargado del Programa de Diálogo Social y Tripartito de la Fundación Instituto Estudios Laborales (FIEL) de la CUT, al destacar la propuesta de la CUT en cuanto a proteger el empleo y salarios, subrayó la importancia de lo observado en otros países, en los cuales se están disponiendo ayudas de salvataje de los Estados a las empresas con el compromiso de que estas retengan mano de obra pensando así, en el impacto en las economías locales que tendrá esta pandemia una vez superada: “…esta situación que debiese ser transitoria (…) requerirá luego tener personas que puedan reactivar la economía, vía demanda y del consumo”. En esa perspectiva, afirmó que en el país: “…si las empresas que son ayudadas con fondo del Estado –en definitiva, son fondos de todos los chilenos y chilenas- no hacen el esfuerzo de no despedir, es bien complejo que se pueda producir una activación relativamente pronta una vez supera la crisis sanitaria”.

Es por eso que precisó: “…hay que mirar con mayor atención lo que están haciendo otros países, donde por cierto se está redefiniendo el rol del Estado no solamente como promotor, prestador y garante de muchos derechos fundamentales de los ciudadanos, sino que también un rol más activo en la economía y por esa vía con un rol más activo como promotor y generador de trabajo”.

Es así que, en el ámbito del mundo del Trabajo, cuatro son los puntos esenciales:

1.       En el marco de lo establecido en el Artículo 184 bis del Código del Trabajo, la autoridad pública debe decretar la evacuación y suspensión de procesos productivos producto de emergencia por pandemia, lo que no debiese implicar un impacto en los salarios. En efecto, cabe señalar que el Artículo 184 bis, inciso cuarto, establece que: “En caso que la autoridad competente ordene la evacuación de los lugares afectados por una emergencia, catástrofe o desastre, el empleador deber suspender las labores de forma inmediata y proceder a la evacuación de los trabajadores. La reanudación de las labores, sólo podrán efectuarse cuando se garanticen condiciones seguras y adecuadas para la prestación de los servicios”, señalándose que: “los trabajadores no podrán sufrir perjuicio o menoscabo alguno derivado de la adopción de las medidas señaladas en este artículo”.

2.       “Fiscalizar el efectivo cumplimiento de la obligación del empleador de adoptar medidas para proteger efi­cazmente la vida y salud de los trabajadores en virtud del Artículo 184 del código del trabajo y en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 594 del Ministerio de Salud que regula las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”.

3.       “Las mutuales deben ser responsables de otorgar las prestaciones médicas por Coronavirus de aquellos trabajadores y trabajadoras a­liadas al Seguro de Accidentes del Trabajo. Se debe establecer la presunción que el contagio es de origen laboral en el evento que los síntomas se produzcan en los lugares de trabajo y no como lo establecen los ordinarios de la SUSESO que señalan que, en caso de no determinarse el origen del contagio, se entiende como enfermedad común”.

4.       “Derogar de forma transitoria las causales de terminación de la relación laboral, vinculadas al cumplimiento efectivo de jornadas de trabajo. Causales del Artículo 160 Nº 3 y Nº 4 del Código del Trabajo”.

La presidenta de la CUT, Bárbara Figueroa en un punto de prensa tras el término de la reunión – del pasado martes 17 marzo- con la ministra del Trabajo y Previsión Social, María José Zaldívar, explicó que se trata de: “…un plan que no solo contempla medidas sanitarias sino también económicas y de protección del empleo porque entendemos que no puede ni debe producirse en una situación como esta, ningún tipo de abuso. No queremos trabajadores y trabajadoras despedidos; no queremos a trabajadores y trabajadoras temiendo por sus ingresos, por sus salarios. Por eso hemos dicho que debemos mirar la experiencia comparada”.

Es por ello, agregó que en la elaboración de este Plan, se revisaron las disposiciones que han tomado los distintos países que se han visto impactado por casos de la COVID-19: “…lo que hemos hecho es mirar cuáles han sido los acuerdos de diálogo social que se han suscrito entre gobiernos, empleadores y trabajadores de tal manera que las medidas no sean solo medidas que dependan de la voluntad de un Gobierno o de una contraparte sino que sean en el marco de un efectivo diálogo social que resguarde, insistimos, no solo la salud y seguridad de los trabajadores sino que también sus ingresos”.

Revive acá transmisión del punto de prensa del 17 de marzo

https://www.facebook.com/cut.chile/videos/635592183668260/

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