En segundo trámite constitucional se encuentra el proyecto de ley enviado por el Gobierno, que pretende regular las aplicaciones informáticas (apps) de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se presten. Se trata de la llamada “Ley Uber”.
Esta iniciativa del Gobierno tiene por objeto: “Establecer las condiciones que deben reunir las aplicaciones de transportes, las que serán consideradas como empresas de transporte remunerado de pasajeros, entendiendo que la plataforma o aplicación forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte. Las empresas tendrán la obligación de inscribirse en un Registro de Empresas de Aplicación de Transporte (EAT), a cargo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en el que debe consignarse información de la empresa y también de los vehículos y conductores asociados (…).se establece que los conductores deben contar con una licencia profesional clase A-1 y no tener en su certificado de antecedentes especiales anotaciones por determinados delitos de connotación social”.
Nolberto Díaz, secretario General de la CUT, expuso en la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado donde está alojada ahora la discusión de este proyecto. En primer lugar, dijo, “planteamos a los senadores que este cuerpo legal debe ser abordado en la Comisión de Trabajo y deberían considerarse los efectos laborales de las personas que trabajan en plataformas como Uber”, asegurando que esta iniciativa no hace mención a estos aspectos hecho que quizá no sea al azar pues esto iría de la mano con el Proyecto de Ley de Modernización Laboral que pretende regular las “nuevas formas de empleo producto del desarrollo tecnológico conciliando trabajo-familia-ocio”, pero que desconoce la existencia de una relación laboral en las llamadas plataformas apps.
Es por ello, que enfatizó que cualquier regulación, de cualquier sector económico -como el de la “economía digital”- “tiene que ir enfocada a la protección de los derechos laborales de las personas que trabajan ahí y no en darle más facilidades a las empresas simplemente para que paguen impuestos. Los impuestos no se pagan solo en plata sino que también se pagan impuestos cumpliendo las leyes laborales. Lo que se pretende hacer por parte del Gobierno es eludir las responsabilidades laborales que tiene el empleador de plataformas digitales, tratando de demostrar que no existe relación laboral entre la plataforma, por ejemplo Uber y su respectivos choferes, lo cual es inaudito porque mientras en el resto del mundo se ha reconocido la existencia de derechos laborales y de relación laboral en este tipo de plataformas, aquí Chile, en forma inédita pretende decir que aquí no existe relación laboral y por ende no existen derechos laborales”.
En esa perspectiva, advirtió que: “Aquí, lo que se busca de alguna manera es terminar con los derechos laborales, es terminar con los sindicatos, es terminar con la jornada laboral liberalizando este tipo de plataformas sin el reconocimiento de la existencia de una relación laboral. Y es evidente que en este tipo de plataformas existe un jefe, que por ejemplo es Uber y existen trabajadores que son los choferes que ceden su libertad personal para poder trabajar en el transporte público de personas”.
Para los expertos jurídicos, se debe tener presente que la premisa y el quid de la discusión debe partir siempre sobre el Derecho del Trabajo y la búsqueda de herramientas para hacer frente a estos nuevos escenarios laborales, bajo la premisa que su objeto esencial (del Derecho del Trabajo) es: Tutelar a los trabajadores al encontrarse jerárquicamente en la posición más débil.
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